Autonomía de la voluntad. Es un concepto procedente de la
filosofía kantiana que va referido a la capacidad del individuo para dictarse
sus propias normas morales. El concepto constituye actualmente un principio
básico en el Derecho privado, que parte de la necesidad de que el ordenamiento
jurídico capacite a los individuos para establecer relaciones jurídicas acorde
a su libre voluntad. Son los propios individuos los que dictan sus propias
normas para regular sus relaciones privadas.
De él se desprende que en el actuar de
los particulares se podrá realizar todo aquello que no se encuentre
expresamente prohibido o que atente contra el orden público, las buenas
costumbres y los derechos de terceros.
En este sentido, es también el
fundamento del principio espiritualista de la mayoría de los códigos civiles.
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